Magistrados federales someten a Afore de Banorte y al Infonavit de Tamaulipas
Magistrados federales obligarán a la Afore de Banorte y al INFONAVIT de Tamaulipas a regresar miles de pesos a una persona a la que ambas instancias le estaban haciendo mal las cuentas.
La Afore Banorte deberá regresar el dinero al denunciante por concepto de retiro, ya que mediante la ejecutoria 563/2017 los magistrados federales le negaron el amparo contra un laudo laboral.
El magistrado Jorge Cristóbal Arredondo Gallegos, del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región con sede en Saltillo, Coahuila, determinó que el concepto de violación sujeto a estudio a través del cual la Afore pretende evidenciar una violación procesal, relacionada con el desechamiento de la confesional ofertada de su intención a cargo del actor, fue motivo de análisis en una ejecutoria de amparo anterior, siendo declarado infundado.
El 29 de mayo del 2017 se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital la demanda promovida por la Afore XXI Banorte, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la Junta Especial Numero Treinta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), por el laudo de 28 de febrero de 2017, dictado dentro del expediente laboral 926/2012, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica.
En un principio, el 20 de agosto del 2012 una persona presentó demanda ante la JFCA en esta capital en contra de la Afore Banorte, el Infonavit y el IMSS, reclamando el pago de 137 mil 230.62 pesos por concepto de Ahorro para el Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y el pago de $122 mil 742 pesos acumulados a la subcuenta individual de vivienda, presentando las pruebas correspondientes.
El 28 de febrero del 2017, la Junta emitió laudo definitivo condenando a la Afore Banorte a que le devuelva y pague al actor 31 mil 635.71 pesos por el concepto de “Retiro 92” y 185 mil 69 pesos por concepto de “Retiro 1997”. Ante ello la institución bancaria recurrió al juicio de amparo, y por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Décima Región en Saltillo, Coahuila.
El magistrado Jorge Cristóbal Arredondo Gallegos, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que si a través del presente juicio de amparo la Afore pretende destacar nuevamente la violación procesal, exponiendo argumentos que no hizo valer en el amparo anterior, es innegable que dicho motivo de disenso es inoperante porque ya no puede ser objeto de estudio en el que nos ocupa, en observancia al principio de la cosa juzgada inherente a todo fallo jurisdiccional.
Esto, porque la decisión pronunciada no puede ser cuestionada ni modificada, dada la firmeza de las sentencias dictadas por la potestad federal, ante lo cual propuso negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, regresando el expediente al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en esta capital.