ESTAS SON LAS 30 ACTIVIDADES QUE YA PODRÁN REACTIVARSE
Los restaurantes, hoteles, comercios de venta de abarrotes artículos en general, ferretería o papelería ademas de 30 actividades mas podrán trabajar a partir de la Fase 1 para la reapertura para la Nueva Realidad de Convivencia Segura en Tamaulipas.
De acuerdo con información emitida por la Secretaria de Salud de Tamaulipas el regreso a la normalidad luego de la pandemia por coronavirus en Tamaulipas se dividía en cuatro fases, en la que se reactivarán las actividades económica.
En total son 30 actividades económicas las que iniciaran a funcionar, de las cuales ocho iniciaran a partir de la Fase I, entre ellas los negocios de restaurantes, la industria hotelera, la de construcción, los puestos fijos y semifijos de comida o de comercio en general
Los negocios seleccionados en la primer fase deberán de empezar a brindar el servicio a un 25 por ciento de su capacidad, a excepción de la industria hotelera donde el funcionamiento que se brindara será del 50 por ciento.
En la totalidad de los servicios, los propietarios de los negocios deberán de orientar y capacitar a sus trabajadores para prevenir y controlar la propagación del coroavirs, también será obligatoria aplicar un cuestionario a sus clientes para conocer su estado de salud.
Las preguntas que se aplicarían serán; En los últimos 14 días: ▪ ¿Ha presentado fiebre superior a 38°C? ▪ ¿Tiene usted tos seca? ▪ ¿Presenta escurrimiento nasal? ▪ ¿Ha estado en contacto con un caso positivo a COVID-19?
ACTIVIDADES QUE SE REACTIVAN
Protocolos de reapertura para la nueva realidad con convivencia segura en actividades económicas no esenciales
para:
- 1. La industria de la construcción aplicable a:
- a. Construcción de obras de ingeniería civil
- b. Edificación
- c. Trabajos especializados de construcción
- 2. El sector turismo aplicable a:
- a. Restaurantes
- b. Servicios de preparación de alimentos y bebidas
- 3. El sector turismo aplicable a:
- a. Hoteles
- b. Servicios de alojamiento temporal
- 4. La industria manufacturera aplicable a:
- a. Fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón;
- b. Industria química;
- c. Fabricación de productos a base de minerales no metálicos;
- d. Industrias metálicas básicas;
- e. Fabricación de accesorios, aparatos eléctricos y equipo de generación de energía eléctrica.
- 5. El comercio en general aplicable a:
- a. Comercio al por mayor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco;
- b. Industria de las bebidas y del tabaco.
- 6. El comercio en general aplicable a:
- a. Comercio al por mayor de productos farmacéuticos
- 7. El comercio en general aplicable al comercio al por mayor de:
- a. Productos textiles y calzado;
- b. Camiones y de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones;
- c. Perfumería, artículos para el esparcimiento, electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca;
- d. Materias primas agropecuarias, forestales, para la industria y materiales de desecho;
- e. Maquinaria, equipo y mobiliario para actividades agropecuarias, industriales, de servicios y
- comerciales, y de otra maquinaria y equipo de uso general.
- 8. El comercio en general aplicable al comercio al por menor de enseres domésticos, computadoras, artículos
- para la decoración de interiores y artículos usados.
- 9. El comercio en general aplicable a:
- a. Comercio al por menor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco;
- b. Comercio al por menor de artículos de papelería, para el esparcimiento y otros artículos de uso
- personal;
- c. Comercio al por menor de artículos de ferretería, tlapalería y vidrios.
- 10. El comercio en general aplicable al comercio al por menor de productos textiles, bisutería, accesorios de vestir
- y calzado
- 11. El comercio en general aplicable al comercio al por menor en tiendas de autoservicio y departamentales
- 12. Los servicios de bajo riesgo aplicable a los servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles
- 13. Los servicios de bajo riesgo aplicable a el manejo de residuos y servicios de remediación
- 14. Los servicios en general aplicable a los servicios de reparación y mantenimiento
- 15. Los servicios en general aplicable a:
- a. Salones de belleza
- b. Barberías
- c. Estéticas
- d. Peluquerías
- e. Salones de manicure y pedicure
- 16. Los servicios en general aplicable a las agencias automotrices.
- 17. Los servicios en general aplicable a:
- a. Servicios profesionales, científicos y técnicos;
- b. Intermediación de comercio al por mayor.
- 18. Los servicios en general aplicable a:
- a. Corporativos
- b. Servicios de apoyo a los negocios
- 19. Los servicios en general aplicable a:
- a. Actividades legislativas, gubernamentales y de impartición de justicia
- b. Organismos internacionales y extraterritoriales
- 20. Los servicios en general aplicable a:
- a. Guarderías
- b. Estancias infantiles
- c. Centros de desarrollo infantil
- 21. Los servicios en general aplicable a los servicios de asistencia social.
- 22. Los puestos fijos y semifijos.
- 23. La industria manufacturera aplicable a:
- a. Fabricación de insumos textiles y acabados de textiles
- b. Fabricación de productos textiles, excepto prendas de vestir
- c. Fabricación de prendas de vestir
- d. Curtido y acabado de cuero y piel, y fabricación de productos de cuero, piel y materiales sucedáneos
- e. Industria de la madera
- f. Industria del papel
- g. Impresión e industrias conexas
- h. Industria del plástico y del hule
- i. Fabricación de productos metálicos
- j. Fabricación de maquinaria y equipo
- k. Fabricación de muebles, colchones y persianas
- l. Otras industrias manufactureras
- 24. Los servicios de inmobiliario y alquiler aplicable a servicios de alquiler de marcas registradas, patentes y
- franquicias.
- 25. Los espacios públicos cerrados aplicable a:
- a. Bibliotecas
- b. Actividades religiosas
- c. Cines
- d. Teatros
- e. Gimnasios
- f. Salones de eventos y centros de espectáculos
- g. Bares y antros
- 26. Los clubes deportivos y sociales aplicable a eventos deportivos, servicios artísticos, culturales, y deportivos y
- otros servicios.
- 27. Los espacios públicos al aire libre.
- 28. Los espacios públicos cerrados y al aire libre aplicable a museos, sitios históricos, zoológicos y similares.
- 29. Las áreas de actividades físicas al aire libre aplicable a servicios de entretenimiento en instalaciones y otros
- servicios recreativos.
- 30. Los clubes deportivos o sociales aplicable a asociaciones y organizaciones.