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Ordena tribunal restituir a Edmundo Jacobo en el INE

AGENCIAS. El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió a Edmundo Jacobo, por unanimidad, una suspensión provisional contra el artículo 17 transitorio de la reforma electoral conocida como «Plan B», publicada el 2 de marzo, en la cual se ordenó removerlo del cargo para que el Consejo General del INE designe a un sustituto en mayo.

La Magistrada Carolina Alcalá Valenzuela, que presentó el proyecto de sentencia, advirtió que Jacobo había sido designado como Secretario Ejecutivo para el periodo febrero de 2020 a febrero de 2026, y que el «Plan B» no dio alguna razón para cesarlo en sus funciones.

«No se advierte una razón por la que el cambio de facultades (de la Secretaría Ejecutiva) justifique que se termine anticipadamente la titularidad del nombramiento que se venía ejerciendo por el quejoso, como algún dictamen valorativo o procedimiento que demerite sus conocimientos o experiencia», explicó.

Los Magistrados Edwin García Baeza y Sergio Urzúa estuvieron de acuerdo en que bastaba la existencia de un nombramiento previo por un periodo establecido, y la ausencia de algún procedimiento contra Jacobo, para conceder la suspensión.

También se destacó que, de no concederse la suspensión, Jacobo sufriría daños irreparables, pues seguirá corriendo el periodo para el que fue nombrado sin que pueda ocupar el cargo.

El tribunal aclaró que Jacobo ejerce sus funciones bajo el nuevo modelo que establece el «Plan B», mismo que reduce la estructura y atribuciones de múltiples áreas del INE, y está en proceso de ser impugnado ante la Suprema Corte de Justicia.

Pese a esta sentencia, el regreso de Jacobo a su puesto podría durar solo unos días, pues la suspensión es provisional, no definitiva.

El tribunal revocó la negativa de suspensión dictada el lunes por Blanca Lobo, jueza Décimo Segunda de Distrito en Materia Administrativa.

Lobo celebrará mañana la audiencia incidental del amparo de Jacobo, y notificará el lunes si concede o niega la suspensión definitiva, sin que la decisión de hoy del tribunal colegiado le resulte obligatoria.

Si la jueza concede la suspensión definitiva, Jacobo permanecerá por tiempo indefinido como Secretario Ejecutivo, pero si la niega, nuevamente tendría que entrar en funciones un encargado del despacho. La eventual negativa de suspensión definitiva también sería revisada por un tribunal colegiado, pero esa sentencia tomaría varias semanas.

Jacobo también impugnó su cese ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que a diferencia de los tribunales de amparo -que toman meses para una sentencia final- puede resolver en cuestión de días sobre el fondo del caso y ordenar la restitución definitiva del funcionario.