PAGARÁN DAÑOS Y ROBO DE AUTOS ESTACIONADOS
CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS.- El nuevo reglamento municipal de estacionamientos obligaría a empresas como Soriana, Walmart y Grand y a empresas particulares que cobran por ese servicio a responder por daños o robos totales que sufran los vehículos en su estancia.
Por ello deben contratar un seguro de reparación.
Esta es una propuesta de «Reglamento para el control de estacionamientos del municipio» que está sometida a consulta pública, antes de ser votada y se hagan efectivos esos derechos qué protegerían a conductores de Victoria.
También contempla bloquear el cobro de estacionamiento por eventos realizados en estadios y cines, algo que se realiza en ciudades como Monterrey. Integrado por por 165 artículos y 52 páginas el reglamento tiene el propósito de regular las actividades relacionadas con el servicio de recepción, almacenamiento, estacionamiento, guarda, protección y devolución de vehículos automotores en lugares públicos o privados y su funcionamiento y aprobar la apertura y regularizar estacionamientos destinados a realizar esa actividad.
Así como regular el estacionamiento en vía pública, con uso, control, administración, operación, cobro, aprovechamiento y supervisión, ejercido por la Administración Pública o bien, por terceros autorizados.
*Seguro de hasta 868 mil por vehículo
Como principal arma del reglamento está la obligación de contar con un seguro de hasta 868 mil 800 pesos por vehículo qué ingrese a esas propiedades, según dicta artículo 45, requisito qué debe cubrir todo estacionamiento de autoservicio o ballet parking.
«Los propietarios o administradores de estacionamientos deben cubrir a los usuarios los daños que sufran en vehículos y equipos automotrices por el tiempo de su guarda, de conformidad con lo siguiente»
Esta responsabilidad difiere ya que los servicios de autoservicio, es decir, aquellos en el que el cliente se estaciona por si solo y se lleva las llaves debe pagar solo en caso de robo total, mientas qué aquellos estacionamientos qué tengan acomodadores tienen que saldar además robo parcial, así como daños y destrucción provocado por personal del estacionamiento.
Para ello el artículo 46 detalla qué «Los propietarios o administradores, contratarán una póliza de seguro a por la cantidad de 10,000 veces la UMA, para garantizar los vehículos estacionados en ellos, contra robo total y/o de autopartes, pérdida total, daño parcial, así como por siniestros que pudiera sufrir el inmueble»
Eso quiere decir que cada prestador de servicio tiene que asegurar la unidad hasta por 868 mil pesos y en caso que el auto resulte dañado los prestadores del servicio deben reparar los automóviles en el taller particular que acuerden con el usuario. Además ese artículo sentencia que la reparación del auto no debe ser en un tiempo mayor a 10 días hábiles a satisfacción del cliente o propietarios del automóvil.
*Vigilarán los cajones para personas con discapacidad
Dentro del reglamento también atribuyen a propietarios de estacionamientos de autoservicio vigilar y controlar los cajones para personas discapacitadas, sean exclusivamente utilizados por ese tipo de personas, en caso que un usuario no discapacitado utilice dichos cajones, deberán dar aviso a la autoridad.
Para ello deberán colocar un cajón para personas con discapacidad por cada 25 cajones o menos existentes en el estacionamiento público correspondiente; o fracción a partir de 12 hasta un límite de 60 cajones.
*Ya no más hora o fracción
Una queja muy sonada entre automovilistas es que tenían que pagar la hora completa del estacionamiento aunque sólo hayan tardado pocos minutos y es algo que el reglamento pretende regular.
«Artículo 52.- Cuando el cobro del servicio sea por horas, se cobrará completa la primera hora, independientemente del tiempo de estancia del vehículo en el interior del establecimiento; y las horas subsecuentes se cobrarán siempre por fracciones de 30 minutos»
Esto quiere decir que si el estacionamiento cobra 10 pesos la hora y usted tarda dos horas y media o menos, solamente pagará 25 en lugar de 30, pero si solo tarda media hora tiene que pagar los primeros 10 pesos.
*Sin cobro en centros comerciales, estadios o cines
El artículo 107 establece qué las plazas o giros comerciales, hospitales, hoteles, restaurantes, clínicas, salas de cine, auditorios, centros de diversión, parques, estadios y demás centros atractores no deben cobrar por el uso del estacionamiento a los usuarios que consuman o hagan uso de los servicios.
«Para ello debe expedir el boleto correspondiente que debe ser sellado o autorizado mediante el mecanismo que el estacionamiento establezca
» Los propietarios de estacionamientos que no cumplan con los siguientes artículos serán acreedores a una sanción económica o cierre parciales, total o definitivo del establecimiento realizado por la dirección de desarrollo medio ambiente y Transporte del municipio de Victoria.