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Congreso de Tamaulipas analiza regular uso de drones

El Poder Legislativo en Tamaulipas, transitará en la construcción de una norma que establezca, en lo local, el uso de las naves no tripuladas conocidas como drones y para ello se estarán teniendo reuniones con personal de la Secretaría de Seguridad Pública y el área de Servicios Parlamentarios.

El manejo de drones no está prohibido, sin embargo, las condiciones para su manejo toman en cuenta las consideraciones necesarias para garantizar la seguridad y protección de la sociedad mexicana.

Actualmente México no tiene una Ley que regule el uso de los Drones, sin embargo en el 2015, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes -SCT- dio a conocer un reglamento de operación que impide ser operadas cerca de aeropuertos y helipuertos además de tener restricciones según su peso.

Carlos García González, Presidente de la Junta de Coordinación Política, confirmó que este tema formará parte de la agenda legislativa para el segundo año del periodo legislativo.

Dijo que la agenda contemplara ver una regulación de los drones, porque “así como se puede usar para cosas positivas, tanto en el ámbito público y privado, también se puede usar para cosas negativas”.

Informó que en las siguientes semanas se estará conociendo el alcance que podrá dar con una posible ley al respecto y para ello, se tiene que platicar con la Secretaría de Seguridad Pública para darle forma a una Ley en el uso de drones.

Admitió que bajo las condiciones en que vive Tamaulipas, ubicado en la frontera de la tecnología, con índices elevados de inseguridad y bajo mejores escenarios de desarrollo y crecimientos, el uso de los drones se puede salir de control.

Un documento de la Dirección General de Aeronáutica Civil -CO AV-23/10 R2 detalla el reglamento al que están obligados los propietarios de drones para poder utilizarlo.

En México se distinguen tres tipos: de hasta dos kilogramos de peso, de hasta 25 kilos y de más de 25. Los aparatos que pasen más de dos kilos y se usen para actividades comerciales, requerirán una autorización de la Dirección General de Aeronáutica Civil y los operadores de drones de más de 25 kilos deberán tener incluso una licencia de piloto.

En el documento oficial, se menciona que el uso de los drones debe ser de 9.2 kilómetros de lejanía a un aeropuerto controlado; 3.7 kilómetros para el caso de los aeródromos no controlados el espacio y a 900 metros en los helipuertos.

El manejo de drones no está prohibido, sin embargo, las condiciones para su manejo toman en cuenta las consideraciones necesarias para garantizar la seguridad y protección de la sociedad mexicana.